Resúmenes
En la Sección Clínica Médico Forense del Departamento de Medicina Legal se valoran pacientes enviados por la Sala Constitucional por interposición de Recursos de Hábeas Corpus, ésto, debido a las presuntas lesiones causadas por parte de funcionarios de alguna Autoridad Estatal. Este artículo pretende revisar qué es un Recurso de Hábeas Corpus y cómo se elabora, al unísono la relación directa con la valoración médico forense y las conclusiones médico legales respectivas, por lo que ejemplificamos un caso real de la Sección supra mencionada.
Constitución Política; Sala Constitucional; Recurso de Hábeas Corpus; Sección Clínica Médico Forense; lesions
In Sección Clínica Médico Forense of Departamento de Medicina Legal we valued clients referred by the Constitutional Court by filing habeas corpus, this, because the alleged injuries caused by officials of any state authority. This article reviews what is a writ of habeas corpus and how it is produced, together with the direct and forensic evaluation forensic respective conclusions, so that exemplify a real case of above mentioned Section.
Constitution; Constitutional Chamber to habeas corpus; Section Clinical Medical Examiner; injuries
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Palabras
Constitutional Court by filing habeas corpus, this, because the alleged injuries caused by officials of any state authority. This article reviews what is a writ of habeas corpus and how it is produced, together with the direct and forensic evaluation forensic respective conclusions, so that exemplify a real case of above mentioned Section.
habeas corpus proviene del latín hábeās corpus [ad subiiciendum] ‘que tengas [tu] cuerpo [para exponer]’, “tendrás tu cuerpo libre”, siendo hábeās la segunda persona singular del presente de subjuntivo del verbo latino habēre (‘tener’). O puede ser llamado igualmente como “cuerpo presente”, “persona presente” o “eres dueño de tu cuerpo”. Todo lo anterior se traduciría en términos prácticos y actuales como traer o presentar personalmente a un individuo ante un juez para que éste se pronuncie sobre la legalidad del acto restrictivo de su libertad física.
Interdicto” ya era designado en las Pandectas bajo el título de “Homine libero exhibendo” y los compiladores de dicho cuerpo legal romano transcribían un comentario del jurisconsulto Ulpiano, que decía: “Este remedio se ha instituido para proteger la libertad a fin de que ninguna persona libre fuere detenida.”
sui juris deduciéndose de aquí que este remedio era para devolver a la condición de persona libre a aquella a quien se hubiese intentado convertir en esclavo sin motivos legales, es decir, que con este interdicto ya se devolvía la libertad a aquellos a quienes se les privaba de ella con una esclavitud ilegal.
es una institución jurídica que garantiza la libertad personal del individuo, con el fin de evitar los arrestos y detenciones arbitrarias. Se basa en la obligación de presentar a todo detenido en un plazo perentorio ante el juez, que podría ordenar la libertad inmediata del detenido si no encontrara motivo suficiente de arresto.”
Hábeas
El suscrito, ___________________(nombre, apellidos completos) portador de la cédula de identidad número __________________ (si la persona es menor de edad, se hace la siguiente indicación: sin número de cédula por ser menor de edad), interpongo RECURSO DE HÁBEAS CORPUS en contra de_________________________ (nombre de la autoridad recurrida) SI EL RECURSO ES A FAVOR DE OTRA PERSONA SE INDICA CLARAMENTE: y a favor de _______________________________ __(agregar nombre completo de la persona) motivado en los siguientes
1-Describir con claridad los hechos sucedidos, el lugar en donde sucedieron, si se puede el día y la autoridad que violentó los derechos.
Indicar el derecho que se considera violentado, en caso de que se desconozca, se debe redactar claramente los hechos ocurridos.
_______________________colocar que se esta solicitando a la sala constitucional que se declare en la sentencia
2011 a eso de las 19:30 horas se encontraba en su celda, cuando varios oficiales de la Policía Penitenciaria lo golpearon con sus macanas (toletes o palos de reglamento) en la cabeza y el antebrazo derecho. Niega pérdida del estado de conciencia. Recibió atención médica en el Hospital de Alajuela, donde le suturaron una herida en la frente y le hicieron radiografías del antebrazo derecho que descartaron lesiones óseas. Actualmente refiere dolor en los sitios de trauma. No aqueja otras molestias.
Alcoholismo: Niega
Marihuana: Desde los 12 años, de 3 puros al día fumados. En abstinencia desde hace 7 meses.
Crack: Desde hace 15 años, de 30 piedras fumadas al día. En abstinencia desde hace 2 años. Niega consumo de drogas y de otras sustancias.
170 centímetros. Peso: 65 kilogramos. Índice de masa corporal: 22.49 kg/m2
2 cm de longitud. Ojos: abre y cierra los párpados adecuadamente sin edema ni cambios de coloración, con movimientos extraoculares normales, ambas pupilas isocóricas y reactivas a la luz. Conjuntiva sin lesiones externas. Fondo de ojo sin datos de retinopatía ni papiledema. Oídos: con membrana timpánica blanco nacarada con triángulo luminoso sin perforaciones ni datos inflamatorios. Nariz: central sin desviación del sin desviación del dorso ni del tabique nasal óseo y cartilaginoso. Fosas nasales permeables. Boca: Mucosa oral hidratada con adecuada salivación, sin lesiones visibles; úvula central, dentadura completa. Lengua sin lesiones, con movilidad conservada. Movimientos y expresiones faciales adecuadas. Adecuada apertura mandibular con buena amplitud de movimientos
10 a 15cm). No presenta contractura de los músculos paravertebrales ni deformidades óseas. Signos de radiculopatía negativos (Neri, Lassegue, Bragard, Cavazza y Valleiux)
0.5 cm. Se observa edema residual de forma ovalada localizado en la cara lateral del terco medio del antebrazo derecho, que mide 3 x 1 cm.
Referencias bibliográficas
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Castro, E. (2008). Trabajo Final de Graduación “El desdoblamiento de la Jurisdicción Constitucional de la Libertad en Costa Rica: Análisis del Proyecto de Reforma del Artículo 48 de la Constitución Política”. Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica. San José, Costa Rica: UCR.
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Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial. Recuperado el 14/11/2012 de: www.cnree.go.cr/denuncie/como.../recurso-de-habeas-corpus.html.
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Poder Judicial. Sala Constitucional. Recuperado el 26/10/2012 de: www.poder-judicial.go.cr/salaconstitucional/.../textogrande.htm.
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Poder Judicial. Sala Constitucional. Recuperado el 01/07/2012 de: www.poder-judicial.go.cr/salaconstitucional/competencia.htm.
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* Médicos Residentes de Medicina Legal, Poder Judicial, Costa Rica, lquirosab@poder-judicial.go.cr
Fechas de Publicación
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Publicación en esta colección
10 Nov 2015 -
Fecha del número
Set 2013
Histórico
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Recibido
21 Abr 2013 -
Acepto
15 Jun 2013