En 1953 fueron clonados los primeros sapos, han pasado 50 años y lo que ahora sigue es muy difícil pretender prohibirlo, estamos ante la oferta de una medicina ideal, a la carta, con recambio de órganos y terapias intracelulares. La bioética ha entendido la propuesta del Comercio y la Industria, por tanto se puede patentar la manera artificial de obtener un embrión de manera que no estén involucrados el espermatozoide ni el óvulo, a eso se le denomina ahora embrión artificial, clonación terapéutica o no reproductiva. La propuesta en la reforma del Capitulo V del Código Penal, en su forma positiva de pensar sobre Manipulación Genética y Comercio de órganos, muy al estilo de la corriente alemana, también es mi estilo.
Embrión artificial; clonación terapéutica; clonación no reproductiva; reforma código penal; comercio de órganos; fecundación artificial; voto constitucional 2000-02306