Resumen
Si bien la Ley No. 9036 de Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario en el Instituto de Desarrollo Rural (Inder), aprobada durante el 2012, cuenta con una definición explícita de Desarrollo Rural Territorial (DRT), esta ha sido operacionalizada y reconfigurada por medio de la Política de Estado para el Desarrollo Rural Territorial Costarricense 2015-2030, en conjunto con el Plan Nacional de Desarrollo Rural Territorial 2017-2022. El uso de una técnica de análisis de contenido de preguntas secuenciales subsumidas en la definición de DRT y su respectiva desagregación en elementos cubiertos en los documentos de la política pública mencionados revelan que se mantiene la interacción prevista en la Ley entre lo económico
-contextualizado a lo productivo y lo social -circunscrito a la satisfacción de necesidades básicas y creación de oportunidades, contemplando lo institucional como un factor potenciador de esta relación. Cabe mencionar que dicha interacción cobra ciertos matices durante su operacionalización, los cuales son cubiertos en este artículo. Empero, al mismo tiempo desaparece prácticamente durante la operacionalización la materia cultural y aparece otra no contemplada originalmente en la Ley denominada ambiental, la cual se circunscribe casi exclusivamente al manejo de los recursos naturales en lo rural.
Palabras clave: Costa Rica; desarrollo rural; Ley Inder; concepto; desarrollo territorial